SE SUSPENDIÓ EL DESALOJO DE GUERNICA. PIDEN SANCIONES A LOS ABOGADOS DE LA GREMIAL POR NUESTRA DEFENSA A LA OCUPACIÓN DE GUERNICA.

por Gremial de Abogadas y Abogados

Siempre dijimos que hay muchas formas de luchar en los Tribunales de Justicia.

Hay formas y formas.

La Gremial tiene las suyas.

Y hacemos de estas formas de nuestra Gremial una doctrina.

Los jueces y fiscales son nuestros enemigos porque son los enemigos de nuestros defendidos.

Nuestras formas pueden ser criticables.

Pero los juicios que ganamos los logramos con estas formas.

Sin ninguna consideración a quienes quieren perjudicar a los que nada tienen.

Nos acaban de informar que el Juez RESOLVIÓ SUSPENDER EL DESALOJO.

También nos piden sanciones pero eso importa poco.

Como era de esperar el Fiscal nos pide sanciones a los abogados de la Gremial por las expresiones en nuestro trabajo de Defensa.

Dicen que nuestros dichos “afectan su buen nombre y honor”.

Es el Fiscal Dr. Juan Cruz Concomi Alcorta de la Fiscalía 1 de Guernica.

Les ponemos a todos el mail de la Fiscalía por si alguno o alguna, o determinadas organizaciones quisieran aportarle algo a nuestro favor o en repudio a las actitudes que acá denunciamos.

jcondomi@mpba.gov.ar

SOLICITO DISPONGA APERCIBIMIENTO

Sr. Juez:

JUAN CRUZ CONCOMI ALCORTA, en mi carácter de Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción n° 1 de Presidente Perón, en el marco de la I.P.P. PP-06-02-002138-20/00 caratulada ” s/Usurpación de inmueble”, a V.S. respetuosamente digo:

Que vengo por el presente a requerir a V.S. disponga las sanciones que considere pertinente, en virtud de las reiteradas faltas de respeto innecesarias e indecorosas, tanto contra el suscripto como con V.S., en las que han incurrido tanto la Dra. María Del Rosario Fernandez como el Dr. Eduardo Néstor Soares (letrados defensores).- Los letrados mencionados, han efectuado una presentación electrónica en fecha 14 de agosto de 2020, impugnando la resolución dictada por V.S en fecha 7 de agosto de 2020, en el marco de dicha impugnación, expusieron numerosas frases impropias de su profesión e indecorosas, – mansillando el buen nombre y honor del suscripto y de V.S.-, en su afán de hacer vales derechos, que consideran les corresponden a sus pupilos.-

III. – SUSPENDER EL LANZAMIENTO oportunamente ordenado suspendiéndose la efectivización de la medida hasta tanto se expida el Superior, NO OBSTANTE MANTENER EN TODOS SUS TERMINOS LA INTIMACION EFCTUADA PARA SU ABANDONO PACIFICO Y VOLUNTARIO, por los motivos expuestos, dando intervención al Servicio Zonal de Protección Integral de los Derechos del Niño dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, haciendo constar que deberán acompañar copia digitalizada de todo lo actuado hasta el momento y en adelante.-

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