El ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra fue condenado a un año y dos meses de prisión en suspenso por impedir el procedimiento de aborto no punible a una paciente y obligarla a gestar, haciendo prácticas dilatorias. El juez Alberto Maynet de Cipoletti expresó en su fallo que Rodríguez Lastra no es un mal médico si no un mal funcionario, con lo que justificó una inhablilitación del doble de tiempo de la pena (que pasará en libertad y casi impune) sólo para ejercer cargos públicos y no para ejercer la medicina. Se le prohibió además acercarse a la víctima de sus siniestras acciones.
Ambas partes aseguraron que se presume apelarán este fallo ante el Tribunal de Impugnación, ya que la defensa del médico antiderechos, además de no presentarse en el Tribunal para escuchar la sentencia, no acepta más que tres meses de prisión en suspenso y seis meses de inhablitación para ejercer como ginecólogo sólo en hospitales públicos. Una verdadera risa, pero el Poder Judicial ha dejado la puerta abierta para que este torturador ejerza la medicina. La semana pasada, el fiscal jefe Santiago Márquez Gauna pidió que le apliquen una pena de 1 año y 8 meses de prisión en suspenso, y 3 años y 4 meses de inhabilitación para ejercer la medicina. El fiscal evaluará el fallo y decidirá en unos días si apelará la pena en cuestión.
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