ABSOLVIERON A LA AUTOCULTIVADORA DE CANNABIS SABINA GALFANO

Información de FOCA

Finalmente se dio a conocer la sentencia dictada por el juez federal Daniel Alonso en la que declaró la absolución de la autocultivadora Sabina Galfano, quien estuvo procesada por la Justicia Federal durante dos años y medio.

La absolución provino de un entendimiento por parte del juez, en el que la conducta de Sabina, de cultivar plantas de cannabis para consumo personal, resulta atípica por no afectar la salud pública, ni tampoco trascender a tercerxs. Dentro del derecho penal, la figura de atipicidad entiende que luego de un análisis dogmático, la conducta por la que se acusa a unx ciudadanx, no se encuadra en el supuesto de hecho que la ley penal quiere reprimir.

Aunque no se haya dictado la inconstitucionalidad del Artículo 5 penúltimo párrafo de la Ley 23.737, por el que acusó el Fiscal García Escalada, desde APAC entendemos que este fallo marca un precedente para futuros casos de allanamiento por cultivo de cannabis, ya que su argumentación servirá para nutrir las fundamentaciones de futuras absoluciones.

La resolución del Juez Alonso respeta los fundamentos del caso Arriola, en el cual la Corte Suprema resolvió la inconstitucionalidad de la persecución a quienes tienen drogas para consumir, por considerar esta conducta bajo el amparo que brinda el Artículo 19 de la Constitución Nacional.

Según la Organización de las Naciones Unidas, el narcotráfico mueve en la actualidad casi 500.000 millones de dólares por año. A su vez, el Instituto de Regulación y Control del Cannabis informó que con la implementación de la Ley de Regulación de la Marihuana sancionada en 2013, el Gobierno de Uruguay provocó pérdidas de 22 millones de dólares al narcotráfico. Es decir que está evidentemente demostrado que el mercado negro es producto inevitable de la prohibición.

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