¿Qué son las astreintes? La pesadilla de los abogados que acorrala al Gobierno

De la teoría a la Casa Rosada: El caso Santilli y el financiamiento universitario

En el plano teórico, el Estado suele escudarse tras burocracias infinitas para estirar los plazos. Sin embargo, la resolución emitida por el juez Martín Cormick en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal le puso nombre y apellido a la sanción: el titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Diego Santilli.

Al hacer efectivo el apercibimiento con una multa de $100.000 pesos por cada día de mora frente al incumplimiento de la Ley de Financiamiento Universitario y las cautelares vigentes, el fuero federal activó la herramienta más temida por el Poder Ejecutivo. Ya no se trata de una discusión abstracta sobre el déficit cero o una partida presupuestaria: es un contador en efectivo que corre día a día en la cuenta del funcionario responsable.

Así, aquella figura procesal casi mitológica que desvelaba a los litigantes y que brillaba en los tomos de Jorge Peyrano en las estanterías de la calle Talcahuano, se convirtió hoy en la herramienta central con la que la Justicia intenta ponerle un freno a la rebeldía institucional.

Para no perderse en el enredo leguleyo, el astreintes tiene cuatro características fundamentales que lo convierten en el terror de cualquier rebelde procesal:

  • Es conminatorio, no indemnizatorio: Su objetivo no es saldar la deuda original ni compensar a la víctima, sino doblegar la voluntad de quien se niega a cumplir. Busca que al reticente le salga tan caro desobedecer que no le quede otra alternativa que acatar la orden.
  • Es provisional y revisable: El juez puede aumentar el monto si ve que la suma impuesta no logra “asustar” o conmover al obligado, o bien reducirlo o dejarlo sin efecto si el rebelde finalmente cumple y justifica válidamente su demora.
  • Es acumulativo y diario: Se fija por día de retraso. Una cifra que parece modesta de entrada (como $100.000 diarios) se convierte en una bola de nieve millonaria a medida que corren las semanas.
  • No requiere daño probado: A diferencia de una indemnización por daños y perjuicios donde hay que probar el perjuicio ocasionado, el astreintes se aplica por el solo hecho objetivo de la desobediencia al mandato judicial.
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