Las 4 claves para entender cómo funcionan (y por qué asustan)

Para no perderse en el enredo leguleyo, las astreintes tienen cuatro características fundamentales que las convierten en el terror de cualquier rebelde procesal:
- Son conminatorias, no indemnizatorias: Su objetivo no es saldar la deuda original ni compensar a la víctima, sino doblegar la voluntad de quien se niega a cumplir. Buscan que al reticente le salga tan caro desobedecer que no le quede otra alternativa que acatar la orden.
- Son provisionales y revisables: El juez puede aumentar el monto si ve que la suma impuesta no logra conmover al obligado, o bien reducirlo o dejarlo sin efecto si el rebelde finalmente cumple y justifica válidamente su demora.
- Son acumulativas y diarias: Se fijan por día de retraso. Una cifra que parece modesta de entrada (como $100.000 diarios) se convierte en una bola de nieve millonaria a medida que corren las semanas.
- No requieren daño probado: A diferencia de una indemnización por daños y perjuicios donde hay que probar el perjuicio ocasionado, las astreintes se aplican por el solo hecho objetivo de la desobediencia al mandato judicial.
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