Juez gildista avasalla la Constitución para perseguir periodistas



Introducción al Informe

El 25 de septiembre de 2026 se dio a conocer una sentencia sin precedentes para la jurisprudencia contravencional argentina: el Juez de Paz de Menor Cuantía de Las Lomitas, Omar Padilla, sancionó a los integrantes del equipo periodístico del proyecto Hambre de Futuro de La Nación / LN+ (Micaela Urdinez, Lautaro Guillamondegui, Joaquín Rajadel y Javier Federico Corbalán) con cinco días de arresto o el pago de una multa de $282.550 a cada uno.

La resolución judicial (derivada de una cobertura realizada en septiembre de 2025 en las comunidades originarias Nivaclé San José y El Algarrobal) imputó al equipo la violación del Código de Faltas provincial basándose en dos causales insólitas:

  • Falta de autorización previa: Exigir un permiso o habilitación otorgada por autoridades locales para ingresar a zonas de la provincia y registrar testimonios en la comunidad.
  • Falta de matriculación local: Cuestionar que los profesionales no poseían una matrícula o registro profesional expedido u homologado por la provincia de Formosa.



Radiografía del “Magistrado”: Subordinación política y antecedentes

El perfil de Omar Padilla no responde al de un magistrado de carrera independiente, sino al de un cuadro político inserto en la estructura del oficialismo provincial conducido por el gobernador Gildo Insfrán:

  • Militancia y cargo electivo: Padilla fue concejal de Las Lomitas por el Partido Justicialista, actuando como un ejecutor de la línea política del Poder Ejecutivo Provincial en el departamento Patiño.
  • Sanción por incompatibilidad constitucional (2014): El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Formosa debió removerlo de la lista de conjueces de la Tercera Circunscripción Judicial tras constatar que pretendía ejercer simultáneamente la magistratura y su banca de concejal oficialista, violando de forma flagrante la separación de poderes.
  • Designación judicial: En marzo de 2025, fue nombrado al frente del Juzgado de Paz de Las Lomitas, desde donde firmó la resolución contra los periodistas de La Nación.



Avanzada contra la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales

La resolución firmada por Padilla vulnera garantías fundamentales establecidas en el bloque de constitucionalidad argentino:

A. Violación de la prohibición de censura previa (Arts. 14 y 32 CN)

El artículo 14 de la Constitución Nacional garantiza el derecho de publicar las ideas por la prensa sin censura previa. Exigir permisos administrativos o autorizaciones del poder político local para realizar coberturas en el territorio constituye una restricción indirecta y un mecanismo de censura previa, proscrito por la Carta Magna y la jurisprudencia histórica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

B. Contradicción con la Doctrina de la Corte IDH

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, en su Opinión Consultiva OC-5/85, determinó de manera categórica que la exigencia de colegiación, matriculación o autorización previa para el ejercicio del periodismo es incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ya que limita indebidamente el derecho a buscar y difundir información.

C. Desconocimiento de los precedentes del STJ de Formosa

El propio máximo tribunal formoseño ha ratificado en fallos anteriores que el ejercicio del periodismo y la búsqueda de información de interés público no requieren licencias, matrículas ni permisos especiales emitidos por el Estado provincial.



La patética postura del Presidente de la Nación

En lugar de señalar el avasallamiento institucional cometido en Las Lomitas o respaldar las garantías constitucionales de libre circulación y prensa (Art. 14 de la CN), el presidente Javier Milei celebró públicamente la condena impuesta al equipo de La Nación.

A través de sus canales oficiales en redes sociales, el jefe de Estado justificó el accionar de la justicia provincial de Formosa atacando directamente a los profesionales condenados:

«TIRO POR LA CULATA. Aquí el modelo por el que las basuras inmundas con micrófono suspiran a diario y por el que trabajan de modo tan intensamente. Sigan haciéndole el juego a los corruptos de la alta política y sus amiguitos golpistas. CIAO!»

No es que esperáramos mucho del Señor Presidente de la Nación, siendo además el lider de la campaña difamatoria que dió en llamar NOLSALP (No Odiamos Lo Suficiente A Los Periodistas), pero ni siquiera por faccioso pudo repudiar la barbaridad del Juez Omar Padilla, se atrevió a hacer siquiera lo decente, siquiera lo correcto.

Entre náuseas podríamos destacar tres supremas groserías al menos en el tuit de Milei:

  1. Validación del atropello punitivo: Al festejar un fallo dictado por un Juez de Paz exoficialista que exige licencias estatales y permisos locales para ejercer la prensa, el Poder Ejecutivo convalidó en los hechos la aplicación de mecanismos que la doctrina jurídica clasifica como censura previa e injerencia estatal.
  2. Priorización del enfrentamiento con el periodismo sobre la división de poderes: La respuesta oficial antepuso la hostilidad contra los medios de comunicación por encima de la denuncia de la arbitrariedad judicial en Formosa.
  3. Validación del estatismo provincial: Pese a enarbolar una plataforma de libertades individuales y combate a los regímenes corporativos, la reacción avaló un fallo fundado en la obligatoriedad de la colegiación y el control burocrático sobre el libre ejercicio del trabajo periodístico.



A modo de Cierre (por ahora)

El episodio de Las Lomitas expone una convergencia de fondo que trasciende las aparentes diferencias ideológicas entre el feudo formoseño de Gildo Insfrán y la conducción nacional de Javier Milei: la absoluta intolerancia al disenso y el rechazo visceral hacia el periodismo que investiga.

Tanto en el feudo provincial como en el plano nacional, las estructuras de poder reaccionan con idéntico patrón ante la prensa libre. Cuando el periodismo saca a la luz realidades incómodas o cuestiona la gestión pública, la respuesta no es la transparencia ni la rendición de cuentas, sino el ataque, el amedrentamiento y la descalificación.

Ese rechazo visceral encuentra su síntesis perfecta en la sigla NOLSALP (“No Odiamos Lo Suficiente A Los Periodistas”), un lema impulsado de manera tristemente popular por el propio Milei y su militancia digital. Este latiguillo se transformó en la consigna y argumento ridículo al que recurre cuanto burócrata autoritario o funcionario se siente menoscabado por el escrutinio de los medios. Funciona como una patente de corso ideológica para justificar la persecución y deslegitimar la investigación de campo.

En Formosa, ese desprecio se instrumenta a través del aparato burocrático-judicial, apelando a jueces de paz de origen partidario que desempolvan códigos contravencionales para exigir permisos de circulación y matrículas restrictivas.

Desde el Poder Ejecutivo Nacional, la intolerancia se traduce en una prédica encendida que celebra la persecución judicial y valida el atropello estatista contra los cronistas bajo la retórica del aborrecimiento sistemático a la prensa.

El festejo presidencial ante la condena dictada por un Juez gildista transforma el ataque a los cronistas en una causa común entre dos modelos de poder que, en la práctica, comparten la misma matriz autoritaria: escudarse en el aparato estatal y alentar el hostigamiento público para acallar la investigación periodística y clausurar cualquier atisbo de control ciudadano.